Conoce las causas para salir del RESICO: tope de 3.5 millones, omisiones, listas del SAT y más. Aprende a evitarlas y seguir pagando tasas bajas.
El RESICO es de los regímenes más convenientes para una persona física: tasas bajas de ISR y trámites sencillos. Pero también tiene reglas estrictas. Conocer las causas para salir del RESICO te ayuda a no perder el régimen por un descuido que se pudo evitar. Aquí te explicamos las principales y qué hacer para prevenirlas.
Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría personalizada. Las reglas están en los arts. 113-E a 113-J de la LISR y en las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal; revisa siempre la versión vigente.
Por qué importa quedarte en el RESICO
En el RESICO pagas ISR mensual sobre tus ingresos efectivamente cobrados, con tasas que van de 1% a 2.5% según tu nivel de ingresos. Si sales, pasas a un régimen donde sí calculas utilidad (ingresos menos deducciones) con tarifas más altas y más obligaciones. Por eso conviene saber qué te puede sacar.
Principales causas para salir del RESICO
1. Rebasar el límite de ingresos
Es una de las causas que más conviene vigilar. El tope es de 3.5 millones de pesos al año. Se toman en cuenta los ingresos que cobras, no solo los que facturas. Si lo superas, dejas de tributar en RESICO y pasas al régimen que corresponda a tu actividad (por ejemplo, actividades empresariales y profesionales, o arrendamiento). Revisa en la ley o con tu contador a partir de qué momento aplica el cambio en tu caso.
2. No presentar tus declaraciones
Los pagos mensuales se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente, y la declaración anual en abril del año siguiente. La ley prevé la exclusión cuando omites declaraciones de forma reiterada, ya sea en meses seguidos o alternados, o cuando no presentas la anual. Ojo: aunque no tengas ingresos en un mes, hay que presentar la declaración en ceros si así corresponde.
3. Aparecer en listas del SAT por operaciones falsas
Si el SAT te publica como contribuyente con operaciones presuntamente inexistentes (art. 69-B del CFF) y no desvirtúas la situación, puede ser causa de exclusión. Si tus proveedores o clientes están en esa lista, el riesgo es distinto: las operaciones con ellos pueden no surtir efectos fiscales (art. 69-B del CFF) y atraer revisiones, por lo que conviene poder demostrar que son reales. Conserva contratos, comprobantes de pago y evidencia de que prestaste o recibiste el servicio.
4. Incumplir con la facturación y tus obligaciones básicas
En RESICO debes expedir CFDI por tus ingresos, tener e.firma vigente y mantener activo tu buzón tributario con medios de contacto válidos. Dejar de facturar, cobrar sin comprobante o ignorar notificaciones del SAT en el buzón te pone en riesgo. Si el SAT detecta ingresos que no declaraste, puede determinarlos y tomar medidas.
5. Cambiar tu situación: socio, accionista o partes relacionadas
No pueden tributar en RESICO, en general, quienes sean socios, accionistas o integrantes de personas morales, o partes relacionadas en los supuestos que marca la ley, ni quienes tengan ciertos tipos de ingresos o actividades que la ley excluye. Si entras como socio a una empresa a mitad de año, revisa antes si eso afecta tu régimen. Es un cambio que mucha gente pasa por alto.
6. Problemas con tu RFC o tu domicilio
Un RFC cancelado, un domicilio fiscal que no se localiza o datos desactualizados pueden provocar restricciones y revisiones. Mantén al día tu domicilio, tus actividades económicas y tus obligaciones registradas en la Constancia de Situación Fiscal.
Video tutorial · Tu precálculo de impuestos en hola FerQué pasa si te sacan del RESICO
- Pasas a otro régimen, con cálculo de ISR sobre utilidad y obligaciones adicionales (por ejemplo, contabilidad electrónica y deducciones documentadas).
- Por regla general, no puedes volver al RESICO. Confirma tu caso antes de salir o de ser notificado.
- Pueden venir cargas adicionales como diferencias de impuestos, recargos y actualización si el cambio no se hizo a tiempo.
Cómo evitar salir del RESICO: lista práctica
- Controla tus ingresos cobrados cada mes. Súmalos en una hoja o en tu sistema contable y compáralos con el tope de 3.5 millones.
- Calendariza tus fechas. Pagos mensuales el día 17, anual en abril. Pon recordatorios con varios días de anticipación.
- Presenta aunque no tengas movimiento. Una declaración en ceros evita acumular omisiones.
- Factura todo lo que cobres. Y pide a tus clientes que paguen con medios rastreables.
- Revisa tu buzón tributario. Entra seguido, mantén correo y teléfono actualizados.
- Verifica a tus proveedores y clientes. Conserva evidencia real de cada operación importante.
- Consulta antes de cambios grandes. Entrar como socio, abrir otra actividad o recibir nuevos tipos de ingreso pueden cambiar tu régimen.
- Revisa tu Constancia de Situación Fiscal al menos una vez al año.



Ejemplo con números redondos
Imagina que eres diseñador y a octubre has cobrado 2.8 millones de pesos en el año. Si en promedio cobras 300 mil al mes, al cierre de diciembre estarías en alrededor de 3.4 millones, muy cerca del tope. Un solo proyecto grande en noviembre te haría rebasar el límite.
Si lo ves en octubre puedes decidir con calma: posponer cobros que correspondan al siguiente año (cuando sea legítimo), planear el cambio de régimen o consultar a tu contador cómo te afectará. Si te enteras en enero, ya no tienes margen.
Recuerda también que el control no es solo del tope. Si en este momento tienes pendiente el pago mensual de septiembre o de algún mes anterior, regularízate pronto. Presentar tarde cuesta recargos, pero acumular omisiones cuesta más.
Errores frecuentes que sí puedes evitar
- Pensar que si no cobraste en el mes no hay que declarar.
- Calcular el tope con lo facturado y no con lo cobrado, o al revés, sin entender cómo se acumula.
- Ignorar mensajes del buzón tributario.
- Entrar a una sociedad sin revisar el efecto en tu régimen.
- Dejar la anual para última hora sin tener tus CFDI ordenados.
Cómo te ayuda hola Fer
En hola Fer calculamos de forma diaria un precálculo de tu ISR e IVA con las facturas que emites y recibes, para que veas cuánto llevas en el año y qué tan cerca estás del tope. Puedes facturar desde tu celular y nosotros nos encargamos de tus declaraciones para que no se te pase ninguna fecha. Así reduces el riesgo de que una omisión o un exceso de ingresos te saque del RESICO sin darte cuenta.
1/3Para el tope del RESICO, ¿qué ingresos se toman en cuenta?
2/3Un mes no tuviste ingresos. ¿Qué debes hacer con tu declaración?
3/3Si te sacan del RESICO, ¿qué pasa por regla general?
Pregúntame por WhatsApp. Te contesto al momento, y si es algo de tu caso, te paso con un contador del equipo.
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de ingresos para estar en RESICO?
Para personas físicas el tope es de 3.5 millones de pesos de ingresos al año (art. 113-E de la LISR). Si lo rebasas, debes pasar al régimen que te corresponda. Lleva un control mensual de tus ingresos cobrados para no llegar tarde a ese límite.
¿Puedo regresar al RESICO si me sacan?
Por regla general, quien deja el RESICO por alguna de las causas de la ley no puede volver a tributar en él. Tu caso puede tener matices, así que confirma con un contador o con el SAT antes de tomar decisiones.
¿Qué pasa si se me pasa un pago mensual en RESICO?
Un olvido aislado no es lo mismo que omitir pagos de forma reiterada, pero genera recargos y actualización. Presenta lo antes posible y no dejes que se acumulen omisiones, porque pueden ser causa de exclusión del régimen.
Información general con base en las leyes fiscales vigentes en México a la fecha de publicación. No sustituye la asesoría de un contador para tu caso; si tienes dudas, escríbenos por WhatsApp al 33 3905 9320.


